Es un portal web destinado a complementar el circuito actual de liquidación de haberes, permitiendo sustituir el recibo en papel por un recibo de sueldo digital (archivo PDF).
Algunas características del portal:
Cada empleado puede ver, firmar, descargar o imprimir su propio recibo.
Usted y sus trabajadores firman digitalmente el recibo en un solo clic.
El portal se adapta a su actual liquidación de haberes.
Control y seguimiento automático de los recibos firmados, rechazados o no vistos.
El servicio está compuesto en tres etapas:
Realizamos un relevamiento de su sistema actual de liquidación de haberes para determinar si el mismo permite exportar los recibos en formato PDF.
Luego desarrollamos la propuesta técnica, que será presentada ante la Secretaría de Trabajo junto con una declaración jurada por parte del empleado, quién acepta los términos de la nueva modalidad.
Dicha propuesta, y su posterior aprobación por parte de la Secretaría de Trabajo, dan el marco legal a la emisión de los recibos digitales.
Una vez obtenida la autorización por parte de la Secretaría, se asesora y se gestiona la compra de los certificados digitales del empleador y sus trabajadores, los cuales serán utilizados para firmar digitalmente los recibos.
En esta última etapa se realiza la carga inicial en el portal web todos los datos de los trabajadores. Estos datos posteriormente pueden ser actualizados directamente por el empleador.
Luego se realiza la capacitación al personal encargado sobre la firma y carga de los recibos y el resto de funcionalidades del portal.
Opcionalmente, podemos realizar una prueba piloto con un número reducido de trabajadores para verificar el correcto funcionamiento del circuito.
¡Es todo!
Ahora los interminables días de pago de haberes son reemplazados por un solo clic.
No. Un recibo de sueldo con firma escaneada, se encuentre en formato papel o en formato digital, no tiene ningún tipo de sustento legal.
Sí, la Ley Nº 25.506, Decreto Nº 2628/02 y modificatorias establecen que la Firma Digital como la hológrafa, cuentan con idéntico valor legal.
Adicionalmente, la aprobación de la solicitud por parte de la Secretaría de Trabajo, otorga el debido respaldo jurídico al uso de la firma digital.
Sí, la firma digital también puede ser utilizada para firmar toda documentación de tipo laboral que se intercambie entre la empresa y sus empleados.
El único requisito es que su actual sistema de liquidación de haberes permita exportar los recibos en formato de archivo PDF. Dicho archivo debe tener un único recibo por página.
El trabajador puede descargar sus recibos en cualquier momento y lugar, también visualizarlos o imprimirlos desde el portal web. ¡Aun estando de licencia!
La disponibilidad de un nuevo recibo será notificada automáticamente mediante un mail al correo electrónico definido por el trabajador.
No, la única obligación que establece la normativa es que la empresa arbitre los medios para posibilitar impresión de manera gratuita, solo si así lo solicitara el trabajador.
Sí, puede darse de baja en cualquier momento y sin costo alguno.
Le enviaremos un DVD con todos los recibos digitales almacenados en el portal web.
El Gobierno obligará a las empresas a emitir recibos de sueldo digitales
La decisión está tomada. En los próximos meses, el Gobierno nacional comenzará a exigir a las empresas a emitir el recibo de sueldo digital.
De acuerdo con las fuentes consultadas, la implementación obligatoria del recibo de sueldo digital arrancará de manera escalonada, para ello, el Gobierno convertirá en obligatorio un procedimiento que hasta el momento es opcional.
Hernán Gilardo - iProfesional.com (08/10/2013)
Lea aquí la nota completa publicada en iProfesional.com
Consiga asesoramiento y una demo sin compromiso alguno.